lunes, 19 de mayo de 2014

Ceremonial III - Ceremonial Oficial


CEREMONIAL III
CEREMONIAL OFCIAL
                El ceremonial oficial respeta un conjunto de normas que rigen el trato formal entre las Naciones en relación con:
  •  Honores a Jefes de Estado y Gobierno
  • Precedencia entre ellos
  • Privilegios e inmunidades de diplomáticos y consulares
  • Normas protocolares
  • Organización de las ceremonias
NORMAS PROTOCOLOCARES
                Conjunto de normas protocolares, protocolizadas en forma de documentos oficiales, regida por costumbres y tradición de uso en un territorio o aceptadas como instrumento para las relaciones internacionales. Dispone en actos oficiales la ordenación y fijan las precedencias de Autoridades, símbolos, distinciones y honores que forman parte de la imagen “plástica de poder”.
                En lo internacional refiere al principio de “igualdad jurídica” entre los Estados y obliga al respeto de las precedencias de los Estados en las relaciones diplomáticas (reciprocidad en el trato).
DIRECCION GENERAL DE CEREMONIAL
Misión:
  •           Coordinar y entender en el desarrollo de actos y ceremonias a las que asiste la/el Jefe de Estado y las acciones que se cumplan en el ámbito de la Presidencia.
  •           Asiste al Coordinador General de la Unidad Presidente, en la organización y desarrollo de todo acto o ceremonial, que lleve a cabo el Presidente de la nación a los que asista.
  •          Coordina con el Jefe de la Casa Militar, las tareas relacionadas con el ceremonial militar vinculado con el Presidente de la Nación.
  •           Organiza el acto de presentación de Cartas Credenciales
  •           Interviene en la organización y desarrollo de actos, ceremonias y reuniones fuera de Presidencia o en las que asista el Presidente de la Nación o quien envié en su representación, coordinando con los Ministerios y organismos correspondientes.
  •           Tramita las invitaciones que reciben el Presidente de la nación y los requerimientos relacionados en materia de trofeos, premios, becas y precedencias honorarios y padrinazgos.
  •           Organiza los viajes del Jefe de Estado al interior del país y colabora con el Ministerio de Relaciones Internacionales, Comercio Internacional y Culto los viajes al exterior.
  •           Elabora y mantiene actualizado el “Registro de Autoridades Nacionales” y confecciona el orden de precedencia protocolar, en coordinación con el MRRIICIyC cuando incluya al Cuerpo Diplomático.
  •           Participa en la organización de reuniones de Gabinete, reuniones especiales y acuerdo en los que intervenga el Jefe de Estado efectuado las invitaciones correspondientes.
  •           Participa en la organización de las reuniones especiales, ceremonias, actos y viajes.
  •           Atiende todo lo relacionado con el padrinazgo, ahijados presidenciales, coordinación de bautismos y designación de representantes del Presidente de la Nación.
DIRECCION NACIONAL DE CEREMONIAL
Depende del Ministerio de Relaciones Internacionales, Comercio Internacional y Culto
Misión:
          Entender en el enlace –en el país- entre las Autoridades Argentinas y Misiones Especiales, representaciones diplomáticas, Consulares Extranjeras o representaciones de Organizaciones Internacionales.
Función:
  •           Enlace entre el Cuerpo Diplomático y Consular Extranjero con las Autoridades Nacionales, Provinciales y Municipales de nuestro país.
  •           Entiende en la precedencia entre el Cuerpo Diplomático y Consular Extranjero y las Autoridades Nacionales.
  •           Organiza las ceremonias del MRRIICIyC.
  •           Prepara y expide los despachos de cortesía, comunicación de estilo del Presidente de la Nación y el MRRIICIyC, a Jefes de Estado Extranjero con motivo de aniversarios, fiestas, duelos nacionales y ocasiones especiales.
  •           Dicta el Reglamento de Ceremonial, establece los actos oficiales y diplomáticos, preparando con la Dirección General de Ceremonial la lista de precedencias nacionales.
  •           Confecciona las cartas ológrafas o plenipotenciarias del Presidente de la Nación, Cartas Patentes; de Retiro y Patentes Consulares Argentinas.
  •           Tramita el otorgamiento de Condecoraciones, con sus aspectos protocolares.
  •           Tramita la concesión del Placel de Embajadores extranjeros y argentinos; Agregados de las Fuerzas Armadas Extranjeras y Argentinas como la acreditación y reconocimiento de Cónsules Extranjeros.
  •           Coordina con la Dirección Nacional de Ceremonial la visita al exterior del Presidente de la Nación y las visitas de Jefe de Estado a la Argentina.
PLACET
                Consentimiento de un Estado cuando es nombrado Jefe de Misión por otro Estado.
CARTAS CREDENCIALES
                Documento que le contiene el carácter público de Jefe de Misión y otorga el titulo con el cual deberá representar a su país en su destino en el exterior.
                Este documento puede ser enviado con antelación por cancillería a la representación diplomática o al tiempo de su llegada, juntamente con las Cartas de Retiro de su antecesor.
CEREMONIA DE PRESENTACION DE CARTAS CREDENCIALES
1)      El Directo Nacional y el Edecán Militar se traslada a la residencia del “nuevo” jefe de Misión, para dirigirse al Palacio San Martin (MRRIICIyC) en donde lo aguarda una escolta de Regimiento de Granaderos a Caballo “Gral. San Martín” para dirigirse luego a Casa de Gobierno.
2)      Los funcionarios ingresan por la explanada de la calle Rivadavia. Frente a ellos un Escuadrón del Regimiento de Granaderos a Caballo con Bandera Oficial Nacional y Bandera del Ejercito de los Andes, quienes rinden honores y la fanfarria ejecuta la “Marcha de Ituzaingo”.
3)      Ingresan al Hall de los Bustos con el Director Nacional de Ceremonial y el Director General de Ceremonial a izquierda y derecha del Jefe de Misión.
4)      Ascienden al primer piso por la escalera izquierda e ingresan al “Salón Sur” donde es recibido por el Jefe de la Casa Militar.
5)      El Jefe de Misión es invitado a pasar al “Salón Blanco” donde se encuentra el Presidente de la Nación, junto con el Ministro de RRIICIyC.
6)      El Jefe de Misión saluda al Mandatario inclinando su cabeza en señal de respecto, alcanza unos pasos y repite el mismo gesto con una inclinación más profunda.
7)      El Presidente de la nación extiende su mano y el Jefe de Misión responde este saludo y hace entrega de la “Carta Credencial”, a continuación saluda al Canciller.
8)      El Mandatario incita a sentarse a en un sillón a su derecha, quedando este a la altura del busto de la Republica y a su izquierda el Canciller.
9)      Se efectuada un dialogo corto y formal. Luego se presenta al personal de su Representación Diplomática quienes saludan a las Autoridades Argentinas y vuelven a sus asientos.
10)   El Embajador se retira siendo acompañado por los mismos funcionarios al ingresar.
11)   En la puerta de ingreso, los efectivos militares rinden los honores correspondientes y es despedido por el Director General de Ceremonial.
12)   El nuevo Embajador deposita la Ofrenda Floral en el Monumento a San Martin (Muertos por la patria).
13)   Al finalizar invita a los funcionarios de Cancillería y Oficiales del Escuadrón de Granaderos a Caballo que participaron de la ceremonia a compartir una copa de champagne en su residencia.
Nota: Se han presentado Cartas Credenciales en la Residencia de Olivos, quedando escotado el Jefe de Misión desde el ingreso a la Av. Maipú hasta la Residencia de Olivos. Es aguardado por el Director Nacional de Ceremonial y el Jefe de la Casa Militar quien lo acompaña junto con el Director General de Ceremonial hasta la planta baja donde será recibido por el Presidente de la Nación.
RELACIONES DIPLIMATICAS
                Establecido por la Convención de Viena de 1961, en su art. 1° establece:
          JEFE DE MISION: persona encargada por el Estado acreditante a actual como tal.
          MIEMBROS DE MISION: Jefe de Misión y miembros del personal de la Misión.
CLASES DE JEFE DE MISION
  •           Embajadores o Nuncios Apostólicos acreditados ante los Jefes de Estados y otros Jefes de Estado de rango equivalente.
  •           Enviados, Ministros o Internuncios acreditados ante los Jefes de Estado.
  •           Encargados de Negocios acreditados ante los Ministros de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.
PRECEDENCIA
                La precedencia de los Jefes de Misión estará establecida según el orden de fecha y hora en que hayan asumido a sus funciones.
LEY N° 20957 DEL SERVICIO EXTERIOR NACIONAL
                Sancionada el 22 de mayo de 1975 y promulgada el 5 de junio del mismo año establece que se aplicara al personal del Servicio de Exterior Nacional como organización fundamental del Estado nacional para el desarrollo de sus relaciones en la comunidad internacional, es el instrumento de ejecución de políticas exteriores preservando, defendiendo y resguardando la soberanía, dignidad e interés de la Republica en los ámbitos continentales y mundial.
                En el Art. 2° establece que el Cuerpo Diplomático queda conformado por:
  •           CUERPO PERMANENTE ACTIVO: constituido por los funcionarios con estado diplomático en actividad en funciones diplomáticas en el exterior y en Cancillería y aquellos que ingresen conforme a la presente ley.
  •           CUERPO PERMANENTE PASIVO: compuesto por los jubilados y retirados que posean estado diplomático o hubiesen cesado en actividad conforme el Régimen Previsional.
  •           CUERPO DE AGREGADOS LABORALES: compuesto por el personal designado con arreglo al art. 9°
  •           SERVICIO DE AGREGADOS ESPECIALIZADOS: constituido por el personal designado con arreglo al art. 10°
  •           FUNCIONARIOS DESIGNADOS: constituido por el personal designado con arreglo al art. 5°
CATEGORIA DE PERONAL DEL SERVICIO DE EXTERIOR DE LA NACION.
  •           Embajadores extraordinarios y plenipotenciarios
  •           Ministros plenipotenciarios de 1° clase
  •           Consejeros de Embajada y Cónsul General
  •           Secretario de Embajada de 1° clase y Cónsul de 1° clase
  •           Secretario de Embajada de 2° clase y Cónsul de 2° clase
  •           Secretario de Embajada de 3° clase y Cónsul de 3° clase
  •           Agregado de Embajada y Vicecónsul
ESTADO DIPLOMATICO
                Lo constituye el grado correspondiente a la categoría de cada funcionario del Servicio de Exterior Nacional con las funciones, obligaciones, derechos y prohibiciones inherentes al mismo instituidos en la Ley 20.957 y su reglamentación del que no podrán ser desposeídos por las causas establecidas en la Constitución nacional y la presente ley.
INSTITUCION CONSULAR
                El derecho consular es un privilegio que tiene un Estado para enviar a otro “agentes especiales” llamados Cónsules.
                Estos se establecerán en ciudades o puertos del otro Estado o donde se consideren necesarios para velar por intereses económicos y comerciales, prestar asistencia a sus nacionales o protegerlos en esos lugares y ejercer un conjunto de atribuciones y funciones de carácter administrativos.
ESTABLECIMIENTO DE LAS RELACIONES CONSULARES
                Este se efectúa por consentimiento mutuo de los Estados.
La ruptura de las relaciones diplomáticas no supondrá la ruptura de las relaciones consulares.
La Convención de Viena establece sus distinciones en:
  •           OFICINA CONSULAR: es todo Consulado General, Viceconsulado o Agencia consular.
  •           CIRCUNSCRIPCION CONSULAR: territorio atribuido a las Oficinas consulares para el desarrollo de sus funciones.
  •           JEFES DE OFICINA CONSULAR: persona encargada de desempeñar dicha función.
  •           FUNCIONARIO CONSULAR: toda persona, incluido el Jefe Consular encargada con ese carácter de las funciones consulares.
  •           LOCALES CONSULARES: edificios o parte de edificios y el terreno contiguo, cualquiera sea su propietario que se utilizan para funciones consulares.

ESTABLECIMIENTO DE OFICINAS CONSULARES
                No se podrán establecen sin el consentimiento del Estado receptor.
                La sede, su clase y la circunscripción consular, las fijara el Estado que envía y serán aprobados por el Estado receptor.
                Si el Consulado general o Viceconsulado quiere abrir una nueva oficina en otro lugar o localidad, deberá tener el consentimiento del Estado receptor.
CATEGORIAS DE LOS JEFES DE LA OFICINA CONSULAR
  •           Cónsul General
  •           Cónsules
  •           Vicecónsul
  •           Agentes consulares
CARTAS PATENTES
                Documento, instrumento similar o notificación que acredita el nombramiento de un Cónsul conteniendo nombre completo, clase, categoría, circunscripción u Oficina Consular a desempeñar función.
EXEQUATUR
                Autorización del Estado receptor cualquiera sea su forma, en aceptación a cónsules.
                El Estado receptor no estará obligado a comunicar los motivos de la negativa de aceptación.
                El Poder Ejecutivo podrá nombrar “excepcionalmente” Embajadores plenipotenciarios o extraordinarios no pertenecientes al Servicio Exterior de la Nación, los cuales duraran el periodo que dure el mandato Presidencial.
VISITAS DE JEFE DE ESTADO
  •           A propuesta de uno de los jefes de Estado por interés de ambos.
  •           Por invitación de otro mandatario por Reuniones Cumbres o Cancillería por indicación del jefe de Estado enviando invitaciones a través del MRRIICIyC.
Clasificación:
  •           VISITAS DE ESTADOS: son programadas y tiene actividades protocolares, visitando el Congreso y Autoridades del Poder Judicial. Realiza un discurso frente a las Cámaras Legislativas.
  •           VISITAS OFICIALES: son menos protocolares y tiene un programa con diversas actividades. No pronuncia discurso a las Cámaras.
  •           VISITAS OFICIALES: por Resolución de Cancillería, se estable que estas son visitas de Jefes de Estados Extranjeros, personalidades extranjeras con reconocida eminencia (Jefes de Estados; Jefes de Gobierno y otros funcionarios internacionales que asistan a reuniones y conferencias) pudiendo ser declaradas:
o   HUESPED OFICIAL: El estado se hace cargo de los gastos de visita
o   HUESPED DE HONOR: personas que por su investidura merecen un tratamiento especial, a quien el Poder Ejecutivo quiere agasajar sin que implique gastos.
VISITA OFICIAL DE UN JEFE DE ESTADO
          Tiene una duración de 3 a 5 días pudiéndose quedar más días.
          Está compuesta por el jefe de Estado y una “comitiva oficial” de entre 10 a 15 personas.
          En casos de concurrir con su consorte, se negociara la cantidad de la comitiva y se realizara un programa especial donde las Autoridades Nacionales deberán asistir con sus respectivas esposas/os.
          Al ser visita oficial, se lo declara Huésped de Honor por lo cual el Estado se hará cargo de los gastos de alojamiento, viáticos, racionamiento, comidas, agasajos, envíos florales, tarjetería, movilidad para Cancillería, condecoraciones e inclusive se preverá traslados y alojamientos al interior del país.
          Existe a parte de la comitiva oficial otra comitiva compuesta por el personal de seguridad, comunicaciones, ceremonial o trabajo denominada comitiva técnica.
VISITA TECNICA O COMITICA ESPECIAL
  •           Cancillería Argentina se pone en contacto con la Cancillería Extranjera entre 80 y 90 días para coordinar los aspectos de visita.
  •           30 días antes arriba una delegación especial compuesta por 6 a 8 personas a fin de reunirse en Cancillería Argentina con las autoridades correspondientes que deben actuar en este acontecimiento (Policía Federal “Asuntos Exteriores”; Dirección General de Ceremonial; Secretaria de Medios de Comunicación; Dirección de Ornamentación y Festejos del GCBA, Jefe de la Base Militar Aeroparque y otras reparticiones especificas).
  •           En esta reunión se presenta el programa por parte del Cancillería Argentina y se tienen en cuenta las propuestas, evaluaciones y se coordinan diversas situaciones.
  •           La comitiva especial visita los lugares protocolares conde concurrirá el Jefe de Estado invitado, indicando o modificando según las costumbres y tradiciones de su país a tener en cuenta.
  •           El personal de Ceremonial que integra la comitiva deberá tener una visión clara de los lugares que visitara el Jefe de Estado.
Nota: Si el Jefe de Estado invitado quiere viajar a una de las provincias, el Presidente de la Nación no lo acompañara salvo si se tratare por intereses comerciales, debiéndolo recibir a su arribo para la despedida en el Aeroparque Jorge Newbery.
  • ARRIBO DE UN JEFE DE ESTADO
  •           El Jefe de Estado junto con su comitiva arriban al Aeropuerto Internacional Ezeiza donde será trasladado con otro avión hasta el Aeroparque Jorge Newbery donde el Estado Nacional realiza los honores por su investidura.
  •           Lo recibe el Directo Nacional de Ceremonial y el Embajador Extranjero designado en nuestro país quienes ascienden a la aeronave invitándolo a descender.
  •           El Jefe de Estado invitado desciende por la puerta delantera, y una vez hechos los saludos con el Mandatario Local la comitiva desciende por la puerta trasera.
  •           Se ejecutan 21 salvas de cañón si es la primera vez que visita nuestro país.
  •           Se entonan los Himnos Nacionales de ambos países.
  •           El canciller lo invita a pasar “revista” de las tropas  formadas y las que rinden honores.
  •           Saluda a la Bandera Nacional Oficial
  •           Se realiza las presentaciones de la comitiva y por último el Embajador presenta los miembros de su misión.
  •           Finalizado, ingresan al Salón VIP, posteriormente el Canciller acompaña al Jefe de Estado invitado hasta el auto que lo trasladara hasta el alojamiento.
  •           Esta ceremonial dura entre 20 a 30 minutos.
EXCELENCIA EN LA SEGURIDAD
                Esto se logra contemplando la “seguridad privada” con la “policial” y la “abierta con la encubierta”. PREVENCION Y SEGURIDAD.
Clasificación:
  •           Primer Nivel: Seguridad de las instalaciones y el entorno, que comprende para el personal de ceremonial una revisión exhaustiva de todo cuanto pueda ser motivo de peligro material.
(revisión de sistema eléctrico, ascensores, extintores, equipos de aire acondicionado, bacas de riesgo contra incendios, comprobación de la red eléctrica y telefónica, señalizaciones de salidas de emergencia, puestas de acceso a escalera auxiliar de escape, grupos electrógenos, señalización de prohíbo fumar etc.).
Designa personal que cumple la función de enlace inmediato entre los bomberos, servicios médicos, empresas de servicios de gas y agua ante una emergencia.
  •           Segundo Nivel: Seguridad y prevención Policial de riesgos. Está a cargo de las Fuerzas de Seguridad del Estado, coordinándose con un tiempo necesario para efectuar el relevamiento zonal y los riesgos que puedan llevar a cabo durante el acontecimiento.
Se debe tener un plano de los distintos escenarios del acto, planos de planta, fachada, en los que figuren las condiciones de los servicios y el curso de alcantarillas.
                Cuando mejor se planee la operación conjunta, la colaboración será más satisfactoria. Se deberá incluir una nómina de las personas que cumplirán funciones por sector, los cuales deberán usa credencial identificadora de diversos colores, según el grado de protagonismo y responsabilidad durante el desarrollo del acto.
PLANIFICACION DE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD
  •           NORMAS: Sistemas de Seguridad
  •           PROCEDIMEINTOS: Planes de Seguridad
  •           MEDIOS: Dispositivos de Seguridad
OBJETIVOS DEL SISTEMA DE SEGURIDAD
  •           Prevenir el riesgo
  •           Limitar el riesgo, si no se pude evitar
  •           No agravar el riesgo
  •           Neutralizar el riesgo
CONJUNTO LOGISTICO
                Conjunto de medios y métodos necesarios para llevar a cabo la organización de una empresa o de un servicio de distribución.
                PREVENTIVA: sobre el itinerario y los lugares de los actos
                PROTECTORA: sobre las autoridades, funcionarios, personales destacadas, estableciendo para ellos diversos círculos de aproximación e inmediatos.
MEDIDAS DE SEGURIDAD
  •           Actos cerrados: efectuarse el control de los accesos mediante invitaciones numeradas y estrictamente de carácter formal e intransferibles
  •           Actos abiertos: el control de acceso se ubicara lejos de donde se desarrolla el acto.
  •           Actos de afluencia masiva: colocar vallas de protección
  •           Evitar aglomeración de público en los arribos de autoridades.
  •           Asignar sectores especiales para el personal de prensa
  •           Prever alternativas de recorridos de vehículos oficiales
  •           Prever alternativas de acceso y egreso ante imprevistos
  •           Protección disimulada de la zona presidencial
  •           Efectuar un control previo del local, accesos, aberturas, locales adyacentes
  •           Elegir locales que tengan fácil control de seguridad desde el exterior
  •           Control de la nómina de invitado y consideraciones por el personal de seguridad
  •           Prever la vigilancia en el estacionamiento de vehículos
  •           Prever sector de asistencia medica
  •           Advertir a las Fuerzas de bultos o personas extrañas
  •           Discreción en los programas de información
  •           Difusión publica reservada
  •           No prolongar tiempos
  •          Establecer personal de seguridad policial y privadas con uniforme y de civil
  •           De ser factible, optar por actos internos a los de masiva concurrencia o externos.
ANILLOS DE SEGURIDAD
  •           TERCER CIRCULO: protección del entorno externo de la instalación, instalación de vallados, vías de acceso para invitados por acreditación, estacionamiento de vehículos, ubicación de periodistas, espacios libres despejados. Interviene el personal uniformado.
  •           SEGUNDO CIRCULO: protección de la instalación y control de acreditaciones, puertas de evacuación desde el escenario y accesos al interior del local.
  •           PRIMER CIRCULO: protección de las autoridades o personalidades principales dado por el personal de custodia personal. El personal de ceremonial debe saber con antelación cuantos serán a fin de distribuirlos dentro del recinto.
SEGURIDAD DE VEHICULOS DE TRANSPORTE DE AUTORIDADES O PERSONALIDADES
                En diversos acontecimientos debemos recibir y trasladar en automóvil a las personalidades, para ello se dispone de un vehículo a su disposición. También debemos trasladar a la comitiva que con ellos traiga con más de un vehículo, a este procedimiento se denomina “caravana”
CARAVANA CERRADA
                Compuesta por 10 vehículos: (ABRE CON COCHE POLICIAL Y CIERRA CON COCHE POLICIAL)
          1°) vehículo policial con sirena que realiza maniobras para despejar el transito
          2°) vehículo policial con sirena
          3° vehículo de ceremonial de la institución anfitriona
          4°) vehículo de seguridad privada
          5°) vehículo del invitado
          6°) vehículo de seguridad si es necesario
          7°) vehículo con la máxima autoridad que lo recibe
          8°) vehículo con la comitiva
          9°) vehículo de reserva
          10°) vehículo policial
          11°) vehículo con las valijas del invitado y de la comitiva
CARAVANA ABIERTA
                Compuesta por 5 a 7 vehículos: (el factor seguridad pierde importancia y de cumplir horarios / abre un coche policial pero no lo cierra uno de la misma clase)
          1°) vehículo policial piloto
          2°) vehículo de ceremonial de la institución anfitriona
          3°) vehículo principal
          4°) vehículo seguridad privada (si es necesario)
          5°) vehículo de la comitiva
          6°) vehículo de reserva
CARAVANA EPECIAL
                Está integrada por microbús que se utilizan para trasladar a un grupo muy amplio de invitados A veces puede ser precedida por un coche policial.
 Está compuesto por:
          1°) vehículo de ceremonial
          2°) dos microbuses
          3°) vehículo de reserva
MINI CARAVANA
                Es cuando la comitiva y el número de autoridades es reducida. No exceden más de 4 (cuatro) vehículos.
Está compuesta por:
          1°) vehículo de ceremonial
          2°) vehículo principal
          3°) vehículo segundo
          4°) vehículo de seguridad
          5°) vehículo de reserva
Si la comitiva es amplia puede acoplarse un vehículo traffic/transfer quedado conformada por:
          1°) vehículo de ceremonial
          2°) vehículo principal
          3°) vehículo segundo
          4°) traffic/transfer
          5°) vehículo de reserva.
DECRETO N° 799/07
Precedencia de los Ministerio del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires:
  •           Gobierno
  •           Hacienda
  •           Salud
  •           Educación
  •           Cultura
  •           Derechos Humanos y Sociales
  •           Producción
  •           Gestión Publica y Descentralización
  •           Espacio Publico
  •           Planeamiento y Obras Publicas
  •           Medio Ambiente
  •  
  •           Los ministros del GCBA que se creen en un futuro se ordenaran después de los consignados en el art. 1 – (art. 3°)
  •  
  •           La precedencia de Secretarios de la Jefatura de Gobierno será:  (art. 4°)
  •           Secretario General
  •           Secretario Legal y Técnica
  •           Secretario Prensa y Difusión.
  •  
  •           La precedencia de los Secretario de la jefatura de Gobierno que se creen se ordenaran después de estos y por orden de antigüedad, teniendo en cuenta la fecha de creación. (art. 5°)
  •  
  •           La precedencia de las Subsecretarias de los Ministerio del GCBA se dispone de acuerdo a cada ministerio. Si hubiese una secretaria del mismo Ministerio se dispondrá por orden alfabético de la denominación de la Secretaria. (art. 6)
  •  
  •           La precedencia de los Directores de los Centro de Gestión y participación Comunal se ordenaran por la numeración que le corresponda. (art. 7°)
  •  
  •           Los funcionarios del Poder Ejecutivo concurren a los actos y ceremonial cuando corresponda por tratarse de actividades de su competencia o que hayan sido invitados. En el caso de no poder asistir la Dirección General de Ceremonial y Planeamiento Ejecutivo dispondrá su reemplazo. (art. 8°)

LEY N° 578
Distinciones:
VISITANTE ILUSTE DE LA CIUDAD: Se otorga a Jefes de Estado, Vicepresidentes, máximas Jerarquías de confesiones religiosas, Primeros ministros, Presidentes de Poderes Extranjeros que se encuentren de visita en la Ciudad de Buenos Aires. Es otorgado por decreto del Poder Ejecutivo o por Declaración de la Legislatura y tiene una vigencia por el tiempo de este en la Ciudad. Se le hará entrega de una Diploma o medalla por el cuerpo que lo designe.
HUESPED DE HONOR: Se otorga a Visitantes Extranjeros que se hayan destacado en la cultura, ciencias, política, deporte o hayan prestado servicios relevantes a la comunidad. Tiene vigencia durante el tiempo de su estadía en la Ciudad. Es concedida por el Jefe de Gobierno o la Legislatura. Consiste en medalla de oro y diploma suscripto por el cuerpo que lo designe.
CIUDADANO ILUSTRE: Se otorga por Ley de la legislatura con aprobación de 2/3 de la cámara. Las puede recibir las personas físicas, argentinas nacidas en la Ciudad o que hayan residió por el lapso de 10 años y se hayan destacado en la cultura, ciencia, política, deporte o en defensa de los Derechos Humanos. Consiste en medalla de oro y diploma de honor.
PERSONALIDADES DESATACAS DE LA CIUDAD: Sera otorgada por la Ciudad a los rubros: cultura, ciencia, deporte y Derechos Humanos por iniciativa parlamentaria con aprobación de la mayoría simple de la cámara. Consiste en un diploma de honor.
MEDALLA AL MERITO: Es otorgada por el Poder Ejecutivo de la Ciudad y consiste en una medalla de oro por un acto sobresaliente o función destacada prestada a la comunidad.
DIPLOMA DE HONOR AL VALOR O ARROJO: Se entrega anualmente por la legislatura de la Ciudad a personas que se hayan destacado por realizar un acto de valor o arrojo en beneficio de la comunidad. Con la aprobación de la mayoría simple de la cámara.
DECLARACION DE INTERES: reconocimiento a figuras nacionales y extranjeras dando prioridad en la divulgación, conocimiento, experiencia y extensión de carácter político, científico, cultura o tecnológico.
                 

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